A LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
CORPORACION EMPRESARIAL DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, S.A. (en adelante "COEMAC" o la "Sociedad") de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado y el artículo 226 del Texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes comunica la siguiente
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
Como continuación a la Información Privilegiada publicada el 7 de julio de 2021 (con número de registro 975) y el 30 de julio de 2021 (con número de registro 1036), se informa que con esta fecha se ha obtenido el testimonio, con expresión de firmeza, del auto del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid dictado el 29 de julio de 2021 por el que se autorizaba la enajenación de la Unidad Productiva allí descrita a favor de MOLECOR CANALIZACIONES, S.L.U.
De conformidad con lo dispuesto en las "Reglas del proceso de oferta para la potencial adquisición de la Unidad Productiva de ADEQUA WS, S.L.U.", aprobadas por el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, mediante auto de fecha 8 de abril de 2021, la correspondiente escritura de compraventa de la Unidad Productiva deberá otorgarse en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde aquel en que se hubiera obtenido el referido testimonio de firmeza.
En Madrid, a 23 de septiembre de 2021.
El Consejo de Administración de CORPORACION EMPRESARIAL DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, S.A.
Adjuntos
Disclaimer
COEMAC - Corporación Empresarial de Materiales de Construcción SA publicó este contenido el día 23 septiembre 2021 y es la única responsable del contenido. Difundido por Public el 24 septiembre 2021 07:29:09 UTC.
