A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
CEMENTOS MOLINS, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril, sobre el abuso de mercado, y en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, procede a realizar la siguiente
COMUNICACIÓN DE OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
En virtud de lo acordado por la junta general ordinaria de accionistas de la Sociedad en su reunión celebrada el 27 de junio de 2025, se ha acordado el pago de un dividendo complementario de cincuenta y seis céntimos de euro (0,56 €) brutos por acción, a todas las acciones de la Sociedad (números 1 al 66.115.670, ambos inclusive), por los resultados del ejercicio 2024, con el siguiente detalle:
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Importe bruto por acción |
0,56 € |
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Retención 19%1 |
0,1064 € |
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Importe neto por acción |
0,4536 € |
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Fecha de pago |
17 de julio 2025 |
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Fecha en la que se determinan las posiciones a tener en cuenta para percibir el dividendo (record date) |
16 de julio 2025 |
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Fecha a partir de la cual las acciones se negociarán sin derecho a percibir el dividendo (ex-date) |
15 de julio 2025 |
La percepción del dividendo se efectuará a través de las Entidades Participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear), utilizando los medios que Iberclear pone a disposición de dichas entidades.
El agente de pagos será el Banco de Sabadell, S.A.
En Sant Vicenç dels Horts, Barcelona, a 27 de junio de 2025
D. Julio Rodríguez Izquierdo
Presidente del consejo de administración
1Porcentaje de retención aplicable, con carácter general, sin perjuicio de los casos en que no proceda práctica de la retención, por razón de naturaleza, condición o residencia fiscal del perceptor, de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
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